Siempre en Defensa de la Independencia Judicial
COMUNICADO
Fecha: 21/08/2025
La Lista Bordó reafirma su inveterada posición: el Consejo de la Magistratura de la Nación debe limitar sus facultades disciplinarias a cuestiones vinculadas con la eficaz prestación del servicio de justicia y, por tanto, tiene prohibido inmiscuirse, directa o indirectamente, en la labor jurisdiccional.
Recuerda, también, que en nuestro país el control de constitucional es de corte difuso, por lo cual los jueces/zas, deben ejercer ese rol como directores/as del proceso, aún de oficio.
El control de las resoluciones jurisdiccionales, en esa línea, debe encauzarse a través de las múltiples herramientas procesales que los códigos de forma confieren a las partes para hacer revisar las decisiones de los magistrados/as.
Todo intento de condicionamiento mediante procesos disciplinarios en función del contenido de sus sentencias atenta contra la independencia del Poder Judicial, pilar fundamental de nuestro Estado de Derecho.
En consonancia con lo expuesto por nuestros dos representantes magistrados en el seno de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Magistratura de la Nación, nos pronunciamos en contra del avance del proceso disciplinario que se le sigue al doctor Carlos Hugo Goggi, juez Nacional en lo Civil, por una decisión de neto corte jurisdiccional por él adoptada.