Nuestros Últimos Logros volver

Ministerio Público de la Defensa:

"Por la Defensa de los Defensores"

La Lista Bordó, es históricamente la que más se ha ocupado de los intereses de todos los asociados que forman parte del Ministerio Público de la Defensa.

Así, en la propuesta de sus candidatos, como siempre, es la que más representación del estamento tiene. Lleva en esta oportunidad a cuatro postulantes entre los que se ha tenido en cuenta no solo la diversidad de fueros en los que actúan (Nacionales y Federales, Civiles y Penales), sino también el género y la categorización (funcionarios y magistrados).

La enorme visibilidad institucional alcanzada por la Defensa Pública en nuestra Asociación, la intensa tarea llevada a cabo durante los últimos años y la firme determinación de nuestros representantes para plantear y alcanzar sus objetivos, sumado al trabajo en equipo sin distinción de colores, se ha visto reflejado en el cumplimiento de la mayor parte de los mismos, encontrándose encaminados aquellos aún pendientes.

A los importantes logros obtenidos en las gestiones anteriores, podemos sumar en estos últimos dos años, las siguientes actividades y resultados concretos para el sector:

 

  • Exámenes del Agrupamiento Técnico Jurídico.
  • El 9 de marzo del corriente año, la Defensoría General de la Nación, por medio de la Res. DGN N° 236/17, derogó el plazo de 4 años en el desempeño como D. P. Coadyuvante y dejó subsistente el haber aprobado algún examen para acceder a cargos de Funcionarios Letrados o del Agrupamiento Técnico Jurídico, o bien un concurso para cubrir cargos de Magistrados del Ministerio Público de la Defensa, haciendo lugar a lo que en definitiva nuestra Asociación viene reclamando fundadamente desde 2014 en defensa de los legítimos intereses de sus asociados Así las cosas, celebramos el éxito obtenido en beneficio de los asociados y hacemos votos para que –como se viene solicitando reiteradamente- a la brevedad se remunere la tarea adicional que cumplen los funcionarios que se desempeñan como Defensores Públicos Coadyuvantes, de la misma forma que la Procuración General de la Nación a través de la Res. MP 3777/16. Esto último ya se encuentra vigente y se habilitó el pago, el que ya es percibido por los colegas del Ministerio Público Fiscal, mediante la Res. PGN N° 197/17, del 14 de febrero del año en curso. Tal  situación pone de manifiesto la desigualdad entre los agentes de ambos Ministerios Públicos y podría constituir una violación a lo establecido en el artículo 50 de la Ley 27.149.
  • Actividad Internacional
    Participamos activamente de los distintos foros internacionales relativos a la Defensa Pública (AIDEF, BLODEPM y REDPO), encarando siempre las distintas temáticas desde una óptica asociativa e independiente, velando por los legítimos intereses de los asociados.
    Así, nuestros representantes expusieron en diversos foros sobre las Garantías de los Defensores Públicos en el ejercicio de sus funciones (BLODEPM, AIDEF, OEA), impulsando y generando importantes declaraciones que hacen a los principios y garantías que deben guiar la actividad de los Defensores Públicos, como las contenidas en la RES./AG 2887 (XLVI-O/16) de la Asamblea General de la OEA sobre "Promoción y Protección de los Derechos Humanos" y la CJI/RES. 226 (LXXXIX-O/16) del Comité Jurídico Interamericano (Principios y Directrices sobre la Defensa Pública en las Américas).
    Se llevaron a cabo Pasantías de AIDEF y BLODEPM, en el marco de los programas respectivos, a las que viajaron a Chile, Paraguay, Brasil, Venezuela a compartir e intercambiar experiencias asociados magistrados y funcionarios de distintos lugares del país seleccionados de forma objetiva, dándose lugar a la participación en las mismas de los funcionarios que ejercen como Defensores Públicos Coadyuvantes, a partir de la creación de dicha figura por parte de la Ley 27.149 (LOMPD).
    Co-organizamos las Pasantías de AIDEF y BLODEPM que tuvieron lugar en Argentina, a las que asistieron colegas de los países antes mencionados.
  • Defensa de las Instituciones: Leyes de "Democratización de la Justicia" y designaciones irregulares de integrantes del MPF – Remoción ilegítima de un juez subrogante ante la CFCP
    Acompañamos las acciones judiciales encaradas por la Asociación, para que se declararan inconstitucionales las mal llamadas leyes de "democratización de la Justicia" y se impidiera la designación irregular de magistrados del Ministerio Público Fiscal-
    También marchamos junto con la comunidad horrorizada por la muerte violenta de un Fiscal de la Nación y seguimos bregando por el esclarecimiento del hecho.
    De igual modo, reclamamos, nos manifestamos y participamos a través de las autoridades del estamento, del repudio ante la anómala remoción a través de un simple acto administrativo del Dr. Luis María Cabral como juez subrogante de la Cámara Federal de Casación Penal.
  • Orden de Subrogancias.
    Se confeccionó un completo dictamen a través del cual se analiza la legislación nacional y las reglamentaciones vigentes, a la luz de las recomendaciones internacionales en materia de subrogancias y reemplazos de magistrados, solicitando a la Defensoría General de la Nación con sustento en el mismo, se reestablezca el orden basado en criterios objetivos y pre-establecidos a las vacancias permanentes o transitorias que se produzcan.
  • Remuneración de los Defensores Públicos Coadyuvantes
    Se elaboró un documento que analiza exhaustivamente las leyes y reglamentos vigentes y, con sustento en el mismo, se requirió a la Defensoría General de la Nación, que se dispusiera el plus salarial para los secretarios que se desempeñen como Defensores Públicos Coadyuvantes, tal como lo establece el art. 34 de la nueva Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa -27.149-. Ello, como consecuencia de las Res. DGN N° 133/16 y Res. DGN N° 414/16 del 28 de marzo de 2016, esta última de Reglamentación de los Defensores Públicos Coadyuvantes, las que generaron gran inquietud en los funcionarios del estamento.
  • Modificación del Reglamento de Concursos para Magistrados del Ministerio Público -Certificado Médico-.
    Se solicitó a la Defensoría General de la Nación, por inquietud de los asociados, que se deje sin efecto la modificación introducida por la Resolución DGN N° 142/16, en cuanto altera las previsiones del artículo 36, 5° párrafo del Anexo I del "Reglamento de Concursos para Magistrados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación" (Res. N° 1146/15, con modificaciones Res. DGN N° 1870/15 y 142/16). Dicha modificación exige la presentación de un certificado médico "de aptitud física para el ejercicio del cargo", que contenga dicha leyenda en forma expresa, como requisito ineludible para estar habilitado a rendir la primera de las pruebas de oposición.
  • Defensa de los magistrados y funcionarios que actúan en juicios de lesa humanidad.
    Apoyamos de forma efectiva, formal e informalmente, cada vez que tomamos conocimiento de cualquier obstáculo al normal desempeño de las funciones de los Defensores Públicos que actúan en los denominados juicios de lesa humanidad. Manifestamos a las autoridades a través de comunicados nuestra preocupación, cuando resultó necesario, como es nuestro lema, defender a los defensores.
  • Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa (27.149) – Jerarquización de los Defensores Públicos Tutores y Curadores
    Participamos activamente, en el proceso de sanción de la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa en 2015, elaborando documentos señalando las falencias que presentaba el proyecto en su momento. Muchas de las cuales pudieron ser subsanadas a partir de las reuniones mantenidas con la Sra. Defensora General de la Nación y nuestra actividad coordinada en el Congreso donde nos reunimos con numerosos Diputados, Senadores y asesores de los mismos a efectos de hacer valer nuestras inquietudes.
    Así, conseguimos, entre otras cosas: se limitaran las atribuciones asignadas en el proyecto originario a los Defensores Públicos Coordinadores; se modificara la jerarquía y denominación de los Tutores y Curadores Públicos, que ahora son como corresponde magistrados y Defensores Públicos.
    Sin perjuicio de ello, son varias las cuestiones que quedaron en el tintero y por las que seguiremos bregando, como: la equiparación a los jueces ante los cuales actúan de los grandes olvidados en dicha ley -pensada únicamente para acompañar las reformas procesales penales- que son los Defensores Públicos Oficiales que actúan en materia civil (no penales), los Defensores de los sectores más vulnerables, de aquéllas personas que deben acreditar pobreza para contar con asistencia letrada provista por el Estado; modificar todas las normas que implican injerencia en la autonomía de los magistrados del MPD garantizando criterios objetivos para la asignación de casos; eliminación de las instrucciones particulares y de la inconstitucional discriminación entre magistrados que concursaron y los que no, para formar parte de los jurados de concurso, cuando todos tienen acuerdo del Senado.
  • Capacitación
    En consonancia con los cambios legislativos, se realizaron jornadas de capacitación en materia penal y en materia civil, junto con el Instituto Superior de la Magistratura de la Asociación. También se realizaron talleres en la ciudad de Rosario, junto con ADePRA. La Comisión del MPD tiene activa participación en la organización de las Jornadas Nacionales de la Defensa Pública, que se realizan anualmente, junto con la Defensoría General de la Nación y ADePRA, además de los Programas de Pasantías de la AIDEF y del BLODEPM antes mencionados.